Normas
Gran Política :: Jusicia :: Calabozo
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Normas
1- La policia podrá retener a alguien aquí tras haberlo arrestado, pero deberá soltarlo una vez finalizado el tiempo legal permitido, a no ser que un juez le reenvie a los calabozos.
2- Deberá abrirse un hilo con el nombre del arrestado, y la celda que ocupa. Deberá también indicarse la hora y fecha del arresto y los motivos.
3- Mientras se permanezca en los calabozos, no podrá aparecer públicamente, y comunicarse mediante MP una sola vez.
4- Mientras se permanezca en los calabozos, deberá indicarse almenos una vez cada 24 horas que se está ahí, escribiendo cualquier cosa.
5- En caso de no cumplirse los dos puntos anteriores, la policia se lo comunicaría a un juez, que emitiría una orden de busca y captura contra el detenido, que sería considerado como fugitivo y arrestado en cuanto aparezca. Tras esto, sería puesto inmediatamente a disposición de la fiscalia y juzgado. Mientras dure el juicio, el fiscal podría pedirle al juez que el detenido permanezca en los calabozos.
6- En la misma celda deberá indicarse cuando ha salido el detenido y el motivo de su salida. A continuación, la celda quedaría libre.
7- El estado de la celda (libre u ocupada) deberá indicarse en el titulo.
8- Se dispondrán 6 celdas. En caso de que la policia considere que se necesitan más, podrá pedirlo al Gobierno, que podría decidir ampliar el número. La iniciativa también puede salir de manos de un juez o fiscal, pero siempre debe ser comunicado y aprobado por el Gobierno.
2- Deberá abrirse un hilo con el nombre del arrestado, y la celda que ocupa. Deberá también indicarse la hora y fecha del arresto y los motivos.
3- Mientras se permanezca en los calabozos, no podrá aparecer públicamente, y comunicarse mediante MP una sola vez.
4- Mientras se permanezca en los calabozos, deberá indicarse almenos una vez cada 24 horas que se está ahí, escribiendo cualquier cosa.
5- En caso de no cumplirse los dos puntos anteriores, la policia se lo comunicaría a un juez, que emitiría una orden de busca y captura contra el detenido, que sería considerado como fugitivo y arrestado en cuanto aparezca. Tras esto, sería puesto inmediatamente a disposición de la fiscalia y juzgado. Mientras dure el juicio, el fiscal podría pedirle al juez que el detenido permanezca en los calabozos.
6- En la misma celda deberá indicarse cuando ha salido el detenido y el motivo de su salida. A continuación, la celda quedaría libre.
7- El estado de la celda (libre u ocupada) deberá indicarse en el titulo.
8- Se dispondrán 6 celdas. En caso de que la policia considere que se necesitan más, podrá pedirlo al Gobierno, que podría decidir ampliar el número. La iniciativa también puede salir de manos de un juez o fiscal, pero siempre debe ser comunicado y aprobado por el Gobierno.
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