Presentación de denuncias
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Presentación de denuncias
1- Aquí deberá presentarse el recurso
2- La presentación del recurso puede correr a cargo de una persona individual, un grupo, el/los representante/s legales de una persona individual o el/los representante/s de un grupo. En el caso de los recursos, la Fiscalia deberá hacerlo de igual manera que los demás.
3- Cuando un recurso se admite, deberá comunicárselo a los implicados mediante MP.
4- Enel recurso deberá quedar claro lo siguiente:
5- El punto de Expertos puede permanecer vacio.
6- En caso de no contar con representación legal, deberá ponerse el nombre de quien vaya a llevar el juicio, por parte de la acusación.
7- A lo largo del juicio, se podán añadir nuevos expertos, pero solamente si el juez lo considera oportuno.
8- El MP del juez a los implicados, deberá incluir el motivo de la denuncia, artículos denunciados, expertos de la acusación y los representantes legales de la misma. Se le pedirá además a la defensa que aporte sus expertos y que le comunique al juez sus representantes legales
9- Los expertos de la acusación podrán ser interrogados por la defensa, y viceversa.
10- Se considerará al Grupo Parlamentario que propuso la ley o al Gobierno autonómico que propuso el estatuto, como defensa primera. A la defensa primera podrán sumarse otros grupos, si ésta lo consiente y el Juez lo acepta
11- Las sentencias no podrán ser recurridas.
2- La presentación del recurso puede correr a cargo de una persona individual, un grupo, el/los representante/s legales de una persona individual o el/los representante/s de un grupo. En el caso de los recursos, la Fiscalia deberá hacerlo de igual manera que los demás.
3- Cuando un recurso se admite, deberá comunicárselo a los implicados mediante MP.
4- Enel recurso deberá quedar claro lo siguiente:
- - Persna o grupo denunciante:
- - Representante/s legal/es:
- - Artículos denunciados, así como la ley o estatuto al que pertenecen (con enlace):
- - Motivos de la denuncia:
- - Expertos:
5- El punto de Expertos puede permanecer vacio.
6- En caso de no contar con representación legal, deberá ponerse el nombre de quien vaya a llevar el juicio, por parte de la acusación.
7- A lo largo del juicio, se podán añadir nuevos expertos, pero solamente si el juez lo considera oportuno.
8- El MP del juez a los implicados, deberá incluir el motivo de la denuncia, artículos denunciados, expertos de la acusación y los representantes legales de la misma. Se le pedirá además a la defensa que aporte sus expertos y que le comunique al juez sus representantes legales
9- Los expertos de la acusación podrán ser interrogados por la defensa, y viceversa.
10- Se considerará al Grupo Parlamentario que propuso la ley o al Gobierno autonómico que propuso el estatuto, como defensa primera. A la defensa primera podrán sumarse otros grupos, si ésta lo consiente y el Juez lo acepta
11- Las sentencias no podrán ser recurridas.
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