Normas
Gran Política :: Jusicia :: Cárcel
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Normas
1- Se entrará aquí si un juez lo considera oportuno.
2- Durante el tiempo establecido por la sentencia (que deberá incluir tiempo FDP), el condenado no podrá aparecer publicamente, pero sí se podrá comunicar mediante MP, y deberá constatar que permanece en la cárcel, dejando constancia de ello en su celda, escribiendo cualquier cosa. En caso contrario, y sin un motivo previo, será considerado fugitivo, y en cuanto aparezca, será detenido por la policia, llevado de nuevo a la cárcel y puesto a disposición de la fiscalia.
3- Una vez haya finalizado su condena, podrá volver a la actividad normal.
2- Durante el tiempo establecido por la sentencia (que deberá incluir tiempo FDP), el condenado no podrá aparecer publicamente, pero sí se podrá comunicar mediante MP, y deberá constatar que permanece en la cárcel, dejando constancia de ello en su celda, escribiendo cualquier cosa. En caso contrario, y sin un motivo previo, será considerado fugitivo, y en cuanto aparezca, será detenido por la policia, llevado de nuevo a la cárcel y puesto a disposición de la fiscalia.
3- Una vez haya finalizado su condena, podrá volver a la actividad normal.
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